top of page

“Tránsito reglamenta el uso de bicicletas y triciclos en condiciones seguridad de movilidad"

El pasado primero de agosto fue sancionado el Decreto Municipal 090 por medio del cual se determinó el uso en condiciones seguras de movilidad para usuarios de bicicletas y triciclos.


La norma establece reglas claras sobre el cumplimiento de las normas de tránsito frente al uso de bicicletas y triciclos en cuanto a la utilización de los carriles, la prelación de los peatones, el uso de prendas reflectivas, luces y casco. También se fija una velocidad máxima de 25 km/h en concordancia con el código nacional de tránsito.


Por otra parte, fija un régimen de prohibiciones relacionadas con el adelantamiento en intersecciones, tramos de la vía donde exista línea separadora central, curvas, pendientes, pasos peatonales, bermas, o haya riesgo de maniobras peligrosas.


Uno de los aportes más importantes de este decreto son las sanciones a implementar por el incumplimiento de estas disposiciones las cuales consisten en amonestación, amonestación y curso, o en multas que no superan los cinco (5) salarios diarios legales vigentes en concordancia con los artículos 123 y 131 de la Ley 769 de 2002 y la Resolución 003027 de 2017 catalogado como una infracción tipo “A”.


Según el Jefe de la Oficina de Tránsito, Jhon James Marín, Chinchiná necesita regularizar el uso de este importante dispositivo, pues dentro de las propuestas bandera de la Administración se le apuesta a la generación de cultura para el uso de medios alternativos de transporte que sean amigables con el medio ambiente cuya tendencia es a aumentar; y en esta medida, encaminarse a la reducción del riesgo por el uso de los equipos. Agregó que los procedimientos se sujetarían a las normas sobre contravenciones que trae el código de tránsito en lo que sea competente.


Prensa.


 
 
 

Comentarios


© 2018 para Organismo de Tránsito de Chinchiná. Creado con Wix.com

  • LinkedIn Social Icon
  • Twitter Social Icon
  • Google+ Social Icon
bottom of page